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Demanda de muerte por negligencia en Luisiana

Perder a un ser querido nunca es una realidad fácil de enfrentar. Resulta especialmente difícil cuando su muerte prematura se atribuye a la negligencia o al hecho ilícito de un tercero. Aparte del dolor y la tristeza que conlleva la pérdida de un ser querido, también suele acarrear problemas económicos, sobre todo si el fallecido contribuía económicamente a su familia. En estos casos, resulta apropiado que el sobreviviente del fallecido presente una demanda por muerte ilícita contra la parte responsable.

Sin embargo, las demandas por muerte por negligencia están sujetas a requisitos estrictos y sólo pueden ser presentadas por determinados supervivientes. Por lo tanto, la orientación de un abogado experto en lesiones personales es valiosa para asegurar que el legado de su ser querido y la reclamación sean válidos como su presentada ante la corte.

¿Qué es una demanda de muerte por negligencia?

Una demanda por muerte ilícita es un tipo de reclamo presentada por sobrevivientes específicos de una persona fallecida en los casos en que la muerte se atribuye a la negligencia, mala práctica o hecho ilícito de otra parte.

¿Quién es elegible para presentar un caso de muerte ilícita en Louisiana?

El artículo 2315.2 del Código Civil de Luisiana establece las categorías específicas de sobrevivientes de la persona fallecida que pueden presentar una demanda por muerte injusta ante los tribunales.

Según la ley estatal de Louisiana, los siguientes sobrevivientes tienen derecho a presentar una reclamación por muerte injusta contra la parte responsable:

Los hijos o el cónyuge superviviente de la persona fallecida.
Si no hay cónyuge ni hijos supervivientes, los padres supervivientes o el progenitor del difunto pueden presentar la solicitud.
Si no hay cónyuges, hijos o padres sobrevivientes del fallecido, entonces los hermanos sobrevivientes del difunto pueden presentar su archivo.
Si no hay cónyuges, hijos, padres o hermanos sobrevivientes del fallecido, entonces los abuelos supervivientes del difunto pueden presentar la demanda.
Si no hay familiares supervivientes de la persona fallecida, la herencia del difunto puede presentar una demanda por homicidio culposo.

Sin embargo, resulta esencial tener en cuenta que los padres que han abandonado al difunto durante su infancia están excluidos de presentar una demanda por homicidio culposo. Además, los miembros de la familia adoptada que figuran en las categorías anteriores, incluidos, entre otros, los hijos adoptivos, los padres adoptivos, los hermanos adoptivos y los abuelos adoptivos, pueden presentar demandas por homicidio culposo ante los tribunales.

¿Qué necesito comprobar en una reclamación por muerte por negligencia?

Para que una demanda por homicidio culposo prevalezca en Luisiana, el sobreviviente debe probar los siguientes factores en su demanda:

Hay una muerte de un ser humano;
La causa de la muerte se debe a la negligencia, o intención de causar daño por parte de otra persona;
Hay un deber de la persona que causó la muerte debida al difunto;
Que se ha incumplido la obligación contraída con el difunto; y
La muerte de la persona tiene un impacto financiero negativo en sus familiares sobrevivientes.
¿Cuándo debe el sobreviviente del fallecido presentar un reclamo por muerte por negligencia?

Por lo general, existe un límite de un año desde el momento del fallecimiento para que los supervivientes presenten una demanda por homicidio culposo ante los tribunales. Este plazo es diferente del plazo de prescripción impuesto a cualquier acusación penal que el Estado pueda haber presentado contra la persona responsable de la muerte del difunto.

¿Cuáles son los daños en una reclamación por muerte ilícita?

Las demandas por muerte por negligencia se clasifican dentro de la ley de daños personales, y los daños sufridos por los supervivientes son un aspecto importante de los acuerdos y reclamaciones en estos casos. Los daños y perjuicios en las demandas por muerte ilícita pueden incluir pérdidas económicas y no económicas.

Los daños económicos se refieren a indemnizar a los supervivientes por las pérdidas materiales sufridas o que sufrirán debido a la muerte del difunto. Estos costos por lo general son mensurables y específicos. Dichos daños podrían incluir:

El costo de los gastos de entierro y funeral.
Los salarios perdidos, los ingresos y las prestaciones del fallecido;
Las facturas médicas incurridas por el fallecido debido a la enfermedad y las lesiones causadas por el responsable;
El valor en dólares asignado a los daños causados a la propiedad debido a la enfermedad, lesión o muerte del difunto es causado por la parte responsable.

En cambio, los daños no económicos suelen ser más subjetivos que los económicos. Este tipo de daños compensatorios no puede ser fácilmente cuantificable con una cierta cantidad como los daños económicos. No obstante, estas demandas son un aspecto esencial de una reclamación por muerte ilícita. Dichos daños pueden incluir:

Los dolores y sufrimientos sufridos por el fallecido causados por la lesión o enfermedad causada por el responsable;
La pérdida de compañerismo, orientación, apoyo emocional, dolor emocional y trauma sufrido por los supervivientes del difunto fue consecuencia del sufrimiento y la muerte de los fallecidos.
¿Puede un sobreviviente presentar una demanda por muerte por negligencia si el Estado ya ha presentado cargos penales contra la parte responsable?

Claro que sí.

La familia puede y debe presentar una demanda por homicidio culposo incluso si el Estado ha presentado una acusación penal contra la parte responsable de la muerte del difunto.

Es esencial reconocer la distinción significativa entre una causa penal y una causa civil. En una demanda por homicidio culposo, el Estado puede acusar a la parte responsable, convirtiéndolo en un caso penal. Sin embargo, una demanda por homicidio culposo es un caso civil y sólo puede ser presentada por los supervivientes clasificados del difunto mencionados anteriormente.

Aparte de la gran diferencia entre quién puede presentar y acusar al responsable en los casos penales y civiles, las sanciones también varían. En un caso penal, las sanciones a las que se enfrenta la parte responsable pueden incluir multas, libertad condicional o tiempo en prisión. Sin embargo, en un caso civil, las sanciones a las que se enfrenta la parte responsable son daños monetarios, que incluyen daños económicos y no económicos que se pagan a los supervivientes del fallecido.

Además, las acusaciones penales y las demandas civiles no se afectan directamente entre sí, incluso si ambas provienen del mismo suceso, que es la muerte del difunto. Así pues, una acusación penal presentada por el Estado no impide que los supervivientes del difunto presenten una demanda civil por muerte ilícita contra la parte responsable.

Los requisitos establecidos para las demandas por homicidio culposo son de carácter temporal y específico. Por lo tanto, la ayuda de un abogado con experiencia es valiosa para asegurar que su reclamación cumpla con las especificaciones dentro de la ley y que su familia sea compensada por la pérdida de su ser querido. Si necesita asistencia y representación para presentar una reclamación por homicidio culposo, llámenos al (225) 407-0777, o puede dirigirse a nuestro sitio web www.messerfirm.com para contactarnos sobre una consulta gratuita.

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